En Colombia, la propiedad horizontal es una figura cada vez más común, especialmente en zonas urbanas donde los edificios residenciales y conjuntos cerrados son parte del paisaje diario. Administrar estos espacios compartidos implica muchas responsabilidades, y una de las más importantes es la contratación del seguro de bienes comunes, una obligación legal establecida en la Ley 675 de 2001. En este artículo te explicamos por qué este seguro es obligatorio, qué cubre, qué riesgos implica no tenerlo y cómo protege el patrimonio de todos los copropietarios.
La Ley 675 de 2001, que regula el régimen de propiedad horizontal en Colombia, establece en su artículo 15 que todas las edificaciones sometidas a este régimen deben contar con una póliza de seguros que ampare los bienes comunes contra riesgos como incendio y terremoto, al menos. Este seguro debe ser contratado por el administrador o el consejo de administración, y su incumplimiento puede tener consecuencias legales y patrimoniales para la copropiedad.
Artículo 15: “El administrador contratará una póliza de seguros que ampare, como mínimo, contra incendio y terremoto, los bienes comunes del edificio o conjunto.”
Este tipo de póliza está diseñado para proteger las áreas compartidas del edificio o conjunto. Generalmente, incluye cobertura para:
Estructura del edificio: muros, techos, escaleras, pasillos, cubiertas.
Zonas comunes: salones sociales, gimnasios, ascensores, parqueaderos, portería.
Riesgos catastróficos: incendio, explosión, terremoto, inundación, rayos.
Responsabilidad civil extracontractual: daños a terceros dentro o fuera del conjunto.
Adicionalmente, muchas pólizas permiten incluir coberturas opcionales como actos malintencionados de terceros, daños eléctricos, y protección frente a eventos climáticos extremos.
No contar con este seguro representa un riesgo legal y económico muy serio para la copropiedad:
En caso de un siniestro, los costos de reparación o reconstrucción deben ser asumidos directamente por los copropietarios, lo que puede representar sumas millonarias.
Si un tercero sufre un daño dentro del conjunto y no hay cobertura, la copropiedad puede enfrentar demandas civiles y sanciones.
Además, se incumple la ley, lo que podría derivar en acciones legales por parte de los copropietarios o las autoridades locales.
Este seguro no solo cumple una función legal, sino que también protege el valor y la inversión de cada uno de los propietarios. Al cubrir los daños a bienes comunes, evita que los copropietarios deban pagar cuotas extraordinarias en caso de siniestros, protege la integridad de las zonas compartidas y genera tranquilidad para todos los residentes.
El seguro de bienes comunes en propiedad horizontal no es un lujo ni una recomendación, es una obligación legal. Pero más allá del cumplimiento normativo, representa una herramienta esencial para la protección del patrimonio colectivo, la gestión responsable de riesgos y la tranquilidad de todos los copropietarios.
Si estás en el consejo de administración o eres administrador de una copropiedad, asegúrate de que tu conjunto cuente con una póliza actualizada y adecuada a sus necesidades. Y si eres propietario, infórmate y exige que se cumpla este importante requisito.